Todo lo que necesitas saber para capitalizar el paro para ser autónomo

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Si estás pensando en darte de alta como autónomo, puedes beneficiarte del pago único del paro para montar tu empresa. Capitalizar el pago único del paro para ser autónomo, te permite recibir en un solo pago el importe que tengas pendiente de paro.

Capitalizar el paro mediante el Pago Único o Capitalización del desempleo es una buena opción que pueden solicitar aquellas personas que están en desempleo y estén interesadas en iniciar su propio negocio. Permite cobrar en un sólo pago todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo.

Si te interesa, sigue leyendo porque te contamos en este post  quién puede capitalizar el paro, las modalidades existentes, dónde se solicita el pago único y la exención aplicable en el IRPF. Recuerda que si quieres que solicitemos tu capitalización del paro y te demos de alta exprés, contacta con nosotros.

Capitalizar el paro para darse de alta como autónomo

Capitalizar el paro es una alternativa muy interesante para aquellos futuros autónomos que estén cobrando el desempleo de su anterior trabajo por cuenta ajena. Es decir, capitalizar el paro supone cobrar el desempleo en un pago único para poder emprender como autónomo con el dinero recibido.

Esta opción puede interesarte si, por ejemplo, terminas tu contrato por cuenta ajena y quieres emprender tu propio negocio. Es el momento perfecto para hacer frente a la inversión inicial y darte de alta como autónomo.

Sin embargo, debes tener en cuenta que la capitalización del paro requiere justificar la inversión para que la finalidad sea únicamente empresarial, entre otros requisitos. Es decir, éntrelos requisitos para capitalizar el paro, uno de los más importantes es poder justificar que lo has aplicado todo en tu negocio. Te los explicamos a continuación. 

Requisitos para capitalizar el paro

El primer requisito es, como es obvio, estar cobrando el paro o tener derecho a ello. Además, hay que cumplir estos requisitos para capitalizar el paro:

  • No haberte dado de alta en la Seguridad Social todavía como autónomo ni haber comenzado tu actividad. Es decir, la solicitud al SEPE para capitalizar el paro debe hacerse antes de darte de alta como autónomo.
  • Que todavía te queden por percibir, al menos, 3 meses de desempleo.
  • No haber accedido a una capitalización del paro en los cuatro años anteriores.
  • Acreditar el alta como autónomo e iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la fecha de aprobación del pago único. No obstante, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.
  • Si has impugnado un despido que diera paso al desempleo, no podrás solicitar la capitalización hasta que se haya resuelto el expediente de impugnación.

Cómo capitalizar el paro

La solicitud de capitalización del desempleo se realiza en el SEPE. Puede hacerse presencialmente o de forma telemática a través de la página del SEPE o en la oficina de registro de tu ciudad.

Documentación necesaria para capitalizar el paro

Los documentos necesarios para solicitar el pago único por desempleo son los siguientes:

  1. Impreso de solicitud de pago único en su modelo oficial. Lo puedes encontrar en la sección de Pago único de la prestación contributiva en la web del SEPE.
  2. Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte para los españoles y NIE para los extranjeros.
  3. Si eres extranjero con residencia legal en españa:
  4. Memoria explicativa del proyecto, la inversión a desarrollar (importes sin IVA, porque no es subvencionable) y cualquier documentación que acredite la viabilidad del proyecto si la tienes. ¿Quieres que nos ocupemos de todo? Elaboramos la memoria de tu negocio para capitalizar el paro y nos ocupamos de pedir tu capitalización de desempleo.

La importancia de las facturas al capitalizar el paro

Las facturas son un documento imprescindible para el autónomo durante su vida laboral y en este caso no podía ser menos.  Se trata de los justificantes que van a dar credibilidad a la inversión realizada. Si no gestionas bien tus facturas, la Administración puede incluso rechazar la solicitud de capitalización del paro.

Además, una vez concedida la capitalización, es necesario presentar en el plazo de un mes:

  • Documento de alta en la Seguridad Social como autónomo    
  • Justificantes de la inversión ya realizada: por ejemplo las facturas de gastos en materiales, alquileres, etc.

 
Estos son algunos de los aspectos que debes tener en cuenta a la hora de justificar tu inversión en la solicitud del pago único del paro:

  • Las fechas de las facturas deben ser posteriores a la fecha en la que presentaste la solicitud de capitalización en el SEPE (cualquier compra anterior no podrás incluirla).
  • Deben ser compras acordes con el plan de inversiones presentado.
  • Los pagos conviene que los realices a través de una entidad bancaria y preferiblemente con transferencia.

 Además, recuerda que al presentar las inversiones que vas a realizar debes utilizar importes sin IVA porque el IVA que has pagado en la inversión, no entra dentro de la prestacion por desempleo, por tanto, no te lo van a cubrir. 

Modalidades de capitalización del desempleo

Existen dos modalidades de capitalización del paro a las que te puedes acoger dependiendo de la inversión que vayas a realizar: pago único o pagos mensuales.

Capitalizar el paro con un pago único 

Si realizas una inversión inicial para llevar a cabo el proyecto, puedes financiarla con el total de la compensación por desempleo que te quede por percibir. 

En caso de que no necesites todo el saldo,  el importe pendiente lo percibirías mediante la compensación de las cuotas mensuales de autónomos.  Es decir, el dinero que no necesites para tu inversión inicial puedes usarlo para compensar cuotas de autónomo

Capitalizar el paro en pagos mensuales

La segunda opción es destinar el 100 % de la prestación a compensar las cuotas mensuales de autónomos. Esto supone, como con los porcentajes al fraccionar, que en lugar de darte el dinero de golpe, se cubren tus cuotas a la Seguridad Social y así te ahorras ese dinero cada mes.

Entonces, ¿a qué puedo destinar el dinero de la capitalización del paro?

Puede solicitar y obtener la cantidad que justifique como inversión para el desarrollo de una actividad por cuenta propia, incluyendo las cargas tributarias y los gastos de puesta en funcionamiento, con el límite del 100 % de la prestación que le quede por percibir. Si no va a obtener toda su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante para subvencionar su cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad.

También podrá destinar hasta el 15 % de la cuantía del pago único de la prestación a pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

Exención en el IRPF del 100% al capitalizar el paro

El 100% de las cantidades percibidas al capitalizar el paro mediante el pago único del desempleo están exentas del IRPF.  Anteriormente se establecía el límite en 15.500 euros. Tanto la exención total actual como la anterior están condicionadas al mantenimiento de la actividad durante cinco años.

¿Necesitas solicitar la capitalización del paro para crear un negocio? Somos tu asesoría. Olvídate de los desplazamientos y complicaciones, contacta con nosotros y nos ocuparemos de elaborar tu proyecto y solicitar tu pago único para ser autónomo.

19 Comentarios

  1. Fernando

    Capitalizar mi paro para emprender un negocio.

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    • You Asesoría

      Hola Fernando, es una estupenda idea para obtener liquidez. Podemos ayudarte con todos los trámites para capitalizar tu paro para emprender.

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  2. Jose Luis

    Buenas noches, a ver yo e presentado los presupuestos y me han concedido el pago único , problema que como no me llega el pago único pues e tenido que comprar la mitad de uno de los presupuestos que he presentado, por ejemplo el presupuesto era de 18000 y e comprado 10000€ faltaría otros 8000
    Daría igual ya que la suma de las dos factura daria su resu de

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  3. Javier

    ¿Puedo capitalizar el paro y destinar el dinero a compra de vivienda que también será mi lugar de trabajo? Gracias

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    • You Asesoría

      Hola Javier, no sería correcto. Debe destinarse a bienes exclusivos para tu negocio.

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  4. Jose Luis

    Necesito hacerme autónomo del transporte.
    He comprado un furgón nuevo…y está financiado …solo que necesito pedir el pago único antes.
    Tengo la carta de despido y liquidación …de finalización el día 29 de febrero.
    Me gustaría saber…si podríais gestionarlo y cuanto tardarían en concederlo y cuando puedo hacerme autónomo.Gracias.

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    • You Asesoría

      Hola Jose Luis, sí, nosotros podemos ocuparnos de todo, desde solicitar el paro, gestionar la capitalización, tu alta de autónomo, etc. No dudes en llamarnos para que podamos empezar a trabajar juntos.

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  5. Jose luis

    Querría pedir lo del paro..
    Un solo pago ya que he comprado un furgón y empezar de automo.
    Tengo carta de despido y factura proforma del vehículo así como el documento de aprobación de la financiera

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    • You Asesoría

      Hola Jose Luis, perfecto, puedes capitalizar para tu negocio. Puedes contactar con nosotros por teléfono para que nos ocupemos de todo.

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  6. Carlos

    Hola, quiero capitalizar el paro, una parte para ordenador, escritorio, pantallas, etc y lo que quede en cuotas de autónomo. Mi duda es si antes de recibir el dinero puedo hacer la inversión de ordenador etc, para ir adelantando todo el montaje etc… O tengo que esperarme a cobrar el dinero para poder comprar todo el material? Gracias

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    • You Asesoría

      Hola Carlos, desde el día siguiente en que pidas la capitalización puedes darte de alta como autónomo y comenzar tus compras.

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  7. Carlos

    Yo voy a capitalizar una parte para ordenador, escritorio etc y la otra parte en cuotas de autónomo. Mi pregunta es, cuando puedo hacer la inversión del ordenador? Más que nada xq no me quisiera esperar hasta que me den el dinero… Nose si una vez vaya al SEPE y entregué la memoria explicativa etc, ya puedo comprar el material o si tengo que esperarme a la resolución positiva de que si que me aceptan la capitalización o si tengo que esperarme hasta que me ingresen el dinero..

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    • You Asesoría

      Hola Carlos, desde que gestionas la solicitud puedes darte de alta como autónomo. Las inversiones debes hacerlas una vez que ya eres autónomo pero puedes esperar a cobrar la capitalización sin problema. No te olvides de enviar toda la justificación en el plazo de un mes desde que cobres.

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  8. Jose Manuel

    Buenas tardes, si voy a colaborar con una entidad aseguradora con contrato mercantil y por lo tanto autonomo, ¿ puedo capitalizar el pago y destinarlo unicamente a pagar las cuotas de autonomo? Teniendo en cuenta que no tendria q hacer ninguna inversion? Gracias

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    • You Asesoría

      Hola Jose Manuel, sí, no hay problema.

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  9. Rod

    Hola. En caso de haber capitalizado el desempleo en forma mixta durante 2023, con una parte en capital para inversión, y la otra parte para compensar cuotas de seguridad social de autónomo, ¿ambos importes están exentos de tributar en el IRPF de 2023? . Es decir: ¿Existe diferencia de exención en el IRPF 2023 entre ambas cantidades capitalizadas para estos dos conceptos: inversión y compensación cuotas seg social autónomo? Gracias. por confirmar que ambas están exentas en la renta de 2023 (he encontrado consultas vinculantes en la AEAT, pero bastante antiguas ya).

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    • You Asesoría

      Buenas tardes, sí, ambas están exentas salvo que te des de baja antes de 5 años.

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  10. Gabriel

    Buenas tardes. En caso de que el emprendimiento no funcione hay que permanecer los 5 años como autónomo?

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    • You Asesoría

      Hola Gabriel, puedes darte de baja pero en ese momento la capitalización estará exenta de IRPF y tendrás que tributarlo en la renta.

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