¿Puedo ser autónomo si ya tengo un trabajo por cuenta ajena?

Es posible que si estás pensando en comenzar un negocio por tu cuenta, te plantees si es o no compatible el ser autónomo con tener un trabajo por cuenta ajena. La respuesta en simple, sí puedes ser autónomo y trabajador a la vez. Es más, también es compatible con la cuota reducida de autónomo, la conocida tarifa plana.

¿Qué es eso de la tarifa plana?

La tarifa plana para autónomos es una medida para impulsar el autoempleo que consiste en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social durante un periodo de tiempo que varía en función de tu edad. Es una bonificación muy atractiva que reduce mucho el coste que supone darse de alta como autónomo por primera vez ya que la reducción es considerable.

¿Cómo solicitar la tarifa plana?

Si vas a darte de alta como autónomo próximamente y cumples los requisitos para acceder a la tarifa plana, puedes hacerlo sin problema solicitándola en la Seguridad Social en el momento de darte de alta en autónomos. También puedes contar con nosotros, ya que te ofrecemos tramitar tu alta de manera gratuita, incluida la solicitud de la tarifa plana.

¿Cuáles son los requisitos de la tarifa plana en la cuota de autónomo?

Actualmente los requisitos para poder solicitar la tarifa plana para autónomos son:

  • Darte de alta por primera vez como autónomo.
  • No haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres en caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación).
  • Si ya estuviste dado de alta en autónomos y te beneficiaste de la tarifa plana, que hayan transcurrido al menos tres años desde que te diste de baja. Es decir, puedes repetir siempre que hayan pasado 3 años entre medias.
  • No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).

¿Cuál sería el importe de la cuota de autónomo?

Bien, si finalmente cumples los requisitos para optar a la tarifa plana, los importes que vas a pagar cada mes por la cuota de autónomo son los siguientes:

  • Los primeros 12 meses: cuota de 60 euros (reducción del 80% sobre la base de 283,30 euros).
  • Del mes 13 al 18: cuota de 143,10 euros (reducción del 50% sobre la cuota base).
  • Del 19 a 24: cuota de 200,30 euros (reducción del 30%).
  • Del  25 a 36: cuota de 200,30 euros (reducción del 30%).

Ojo, tienes otra opción: Reducción por pluriactividad 

Un trabajador en caso de pluriactividad, es decir, que sea autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez, puede beneficiarse de 36 meses de bonificaciones en la base de cotización en función del tipo de jornada que tenga en la empresa donde es trabajador por cuenta ajena.

En el caso de jornada completa:

– Los primeros 18 meses, podrá elegir una base de cotización del 50% de la base mínima de cotización.

– Los siguientes 18 meses, la reducción de la base de cotización sería del 75% de la base mínima de cotización.

En el caso de jornada parcial (superior al 50% de la jornada completa):

– Los primeros 18 meses, podrá elegir una base de cotización del 75% de la base mínima de cotización.

– Los siguientes 18 meses, la reducción de la base de cotización sería del 85% de la base mínima de cotización.

A la base de cotización elegida, se le apicarará el porcentaje en función de las coberturas elegidas, por tanto se trata de una reducción de la base de cotizacion.  

La tarifa plana y la pluriactividad son incompatibles, es decir, tienes que elegir una de las dos en el momento en que te des de alta.

¿Cuál resulta más ventajosa?

Dependerá de la jornada de trabajo que tenemos en nuestro trabajo por cuenta ajena y de las coberturas que elijamos. Te aconsejamos que dejes esta importante decisión en manos de un experto como nosotros. No tomar la decisión adecuada puede ocasionarte un sobre coste importante. Contacta con nosotros y haremos tu estudio completo.

8 Comentarios

  1. Jordi

    Buenas tardes, soy trabajador autónomo con cuota reducida.
    Esta reducción es para dos años, ya que es la primera vez que soy autónomo.
    Ahora voy a empezar un trabajo por cuenta ajena con un contrato de 6 meses sin opción a ampliación. Mi duda
    es si es mejor, cancelar el autonomo o mantenerlo con esta cuota reducida ya que si no la pierdo.

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    • You Asesoría

      Buenos días, puedes ser empleado por cuenta ajena y mantener tu negocio como autónomo también. No hay problema por eso.

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  2. Ruben

    Saludos. Actualmente trabajo por cuenta ajena para una empresa reconocida en España. Quisiera trabajar como autónomo a la vez. Es eso posible. Darme de alta como autónomo no causa algún problema en mi actual trabajo?

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    • You Asesoría

      Buenos días, tendrías que revisar tu contrato de trabajo por si tienes alguna clausula que te lo impida. De no ser así, puedes hacerlo sin problema.

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  3. Hugo Roberto Torres

    Mi esposa quiere darse de alta como autónomo, actualmente trabaja por cuenta ajena,yo llevaré lo de atonomo y ella seguirá por cuenta agenda y autónomo,ella puede darme de alta siendo su esposo? gracias

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    • You Asesoría

      Hola Hugo, si estáis casados el régimen que te corresponde es el de autónomo colaborador familiar, no trabajador por cuenta ajena.

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  4. Ana

    Si soy autónoma (acabo de darme de alta) y voy a empezar a trabajar también por cuenta ajena, ¿puedo pedir la subvención de promoción del empleo autónomo, o no es compatible? (esa que es para personas inscritas como demandante de empleo antes de darse de alta).

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    • You Asesoría

      Hola Ana, cada Comunidad Autónoma tiene sus propios requisitos por lo que tendríamos que conocer desde donde nos escribes.

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