Sabemos que emprender no es tarea fácil y que cualquier ayuda es bienvenida, por eso te traemos en este artículo un resumen de las principales subvenciones para autónomos y empresas desglosadas por Comunidad Autónoma que están abiertas en la actualidad. Recuerda que las prestaciones para autónomos a nivel estatal siguen vigentes, te lo contábamos recientemente en este artículo.
¿Buscas una asesoría que te informe de las ayudas y subvenciones a las que puedes optar? Despreocúpate, nosotros nos ocupamos de todo.
Tabla de contenidos
1. Subvenciones para contratar personal en Madrid si eres autónomo o tienes una empresa
Actualmente, la Comunidad de Madrid tiene vigente una gran cantidad de subvenciones, algunas de ellas enfocadas a la contratación de personal. Si estás pensando en incorporar personal a la plantilla de tu negocio, es buen momento para considerarlo y aprovecharte de estas subvenciones para autónomos y empresas. Te resumimos aquí algunos puntos clave antes de contratar.
Vamos con las opciones de contratación para poder optar a estas subvenciones:
Contratar a menores de 30 años con un contrato de garantía juvenil
Puedes realizar un contrato Indefinido, para una persona menor de 30 años con garantía juvenil e inscrito como demandante de empleo:
- Si es mujer, el importe de la subvención es de 6000€. Si lleva más de 24 meses en paro, el importe es de 8000€
- En caso de ser hombre, 5500€. Si lleva más de 24 meses en paro, el importe es de 7500€
También puedes realizar un contrato de prácticas a un desempleado, menor de 30 años, que esté inscrito en Garantía Juvenil.
- Si es mujer la ayuda es de 5000€
- SI es hombre, el importe es de 4500€
Para poder realizar un contrato en prácticas, la persona debe disponer titulación para ese puesto obtenida hace menos de 5 años y no haber tenido un contrato en prácticas de más de 2 años por ese mismo puesto. El contrato tiene que ser al menos de 6 meses.
Otra opción es optar por un contrato de formación y aprendizaje a un desempleado, menor de 25 años, que esté inscrito en Garantía Juvenil.
- Si es mujer, el importe es de 3440€
- Si es hombre 2940€
Para poder realizar un contrato en formación, la persona debe tener menos de 25 años y ninguna formación en el puesto. Para poder hacer este tipo de contrato hay que pedir permiso al SEPE. Además, está vinculado a que realicen un curso de formación en el puesto. La empresa debe adelantar el importe del curso aunque posteriormente Seguridad Social lo devuelve vía seguros sociales.
Si realizas un contrato temporal de duración entre 6 y 12 meses a personas con garantía juvenil y sin experiencia laboral previa:
- Si es mujer, 6500. € La cuantía máxima a la que puede optar es de 9.500€ si convierte el contrato en indefinido entre el sexto y séptimo mes de vigencia del mismo.
- 6000 € si es hombre. La cuantía máxima a la que puede optar es de 9.000€ si convierte el contrato en indefinido entre el sexto y séptimo mes de vigencia del mismo.
Finalmente si optas por un contrato temporal de duración entre 6 y 12 meses a personas con garantía juvenil y que hayan estado como desempleados más de 180 días en los últimos 360 días:
- Si es mujer, 6500€ La cuantía máxima a la que puede optar es de 9.500€ si convierte el contrato en indefinido entre el sexto y séptimo mes de vigencia del mismo.
- Si es hombre, 6000 € La cuantía máxima a la que puede optar es de 9.000€ si convierte el contrato en indefinido entre el sexto y séptimo mes de vigencia del mismo
¿Cómo funciona la Garantía Juvenil? Antes del alta, el trabajador debe estar inscrito en este programa. Para ello puede hacerlo desde https://www.comunidad.madrid/servicios/juventud/garantia-juvenil
Puedes gestionar estas subvenciones para autónomos y empresa directamente desde la web de la Comunidad de Madrid. Si quieres que nos ocupemos nosotros de todo, solo tienes que ponerte en contacto con nosotros.
Subvenciones para autónomos y empresaspor contrataicones de personal entre 30 y 45 años
En este caso las opciones de subvenciones son las siguientes:
- Contratación indefinida a personas de edades entre 30 -45 años:
- Inscritos como demandantes de empleo menos de 12 meses
- Mujer 4500€
- Hombre 5000€
- Inscritos como demandante de empleo entre 12 – 24 meses
- 6000€ si es mujer
- 5500€ si es hombre
- Inscritos como demandantes de empleo menos de 12 meses
- Inscritos como demandantes de empleo más de 24 meses:
- Mujer 8000€
- Hombre 7500€
De igual forma, puedes gestionar estas subvenciones para autónomos y empresa directamente desde la web de la Comunidad de Madrid. Si quieres que nos ocupemos nosotros de todo, solo tienes que ponerte en contacto con nosotros.
Subvenciones por contratar personal mayor de 45 años en Madrid
Finalmente, las subvenciones por la contratación indefinida a personas de edades superiores a 45 años:
- Inscritos como demandantes de empleo menos de 12 meses
- Mujer 6000€
- Hombre 5500€
- Inscritos como demandante de empleo más de 12 meses
- 8000€ si es mujer
- 7500€ si es hombre
En todos los casos, es necesario:
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias
- No haber sido beneficiario de ayudas por la contratación indefinida de más de 10 trabajadores en cada año natural.
2. Subvenciones para autónomos y empresas en Madrid generales
Subvenciones para la implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas.
Mediante esta línea se subvencionará tanto la obtención o renovación de certificaciones de normas o estándares en materia de responsabilidad social, como la puesta en marcha de planes directores o programas que tengan por objeto avanzar hacia dicha certificación.
¿Cuál es el importe de la subvención?
- Obtención o renovación de certificaciones de las normas o estándares mediante el pago del 75 % de los costes que lleve consigo dicho proceso, con un máximo de 2.500 € por beneficiario.
- Puesta en marcha de Planes Directores o Programas para avanzar hacia dicha certificación, mediante el pago del 75% de los costes que lleve consigo dicha puesta en marcha con un máximo de 2.500 € por beneficiario.
Puedes pedir esta subvenciona directamente desde aquí o contactando con nosotros.
Subvenciones para autónomos y empresas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral
Conciliación, esa palabreja soñada para nosotros los autónomos y emprendedores. Madrid intenta ayudarnos ofreciendo esta subvención que comprende:
- Incentivos económicos para el fomento del teletrabajo, incluida la compra de equipamiento electrónico cuando haya sido necesario para realizarlo.
- Incentivos económicos para el fomento de la flexibilidad horaria, proporcionales a la jornada laboral del trabajador.
¿Los requisitos?
- Formalizar, al menos, un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo, con un trabajador vinculado a la empresa por contrato laboral.
- Contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo, y establecer con el trabajador un acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a un año.
Los importes de esta subvención para autónomos y empresas son:
- En el caso de teletrabajo, las ayudas consistirán en un incentivo de 2.500 € por trabajador con un acuerdo individual de teletrabajo, formalizado en un contrato de teletrabajo, bien por adaptación del contrato que tenía en la empresa o bien por la realización de un nuevo contrato para una persona no vinculada a la empresa, con el límite máximo de 10.000 € por empresa. La empresa deberá facilitar los medios para la efectividad del teletrabajo del trabajador.
- Así mismo, se subvencionará el 75% del coste de los equipos electrónicos necesarios para la implantación en el centro de trabajo del teletrabajo, con un máximo de 2.500 euros por empresa
- En el caso de flexibilidad horaria, las ayudas consistirán en un incentivo de 2.500 € por persona trabajadora, con el límite máximo de 10.000 € por empresa.
Otros Requisitos para ambas líneas:
Los autónomos y empresas que opten por alguna de estas dos subvenciones deben tener en cuenta lo siguiente:
- Que tengan contratados un máximo de 50 trabajadores y que no superen los 10 millones de euros de volumen de negocio anual o su balance anual sea inferior a 43 millones de euros.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia
Se trata de ayudas que subvencionan parte de los gastos necesarios para la puesta en marcha de la actividad empresarial.Pueden pedirla:
- Las personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, por cuenta propia en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
- Las personas previstas en el punto anterior que sean miembros de sociedades civiles o de comunidades de bienes. También los socios de sociedades mercantiles, siempre y cuando no sean miembros del órgano administrador de la sociedad.
- Las personas previstas en el primer punto, que sean socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales.
A efectos de determinar la fecha de inicio de actividad como trabajador por cuenta propia se considerará, en todo caso, la fecha de alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas.
El importe final de la ayuda será el 80 % de los gastos justificados, de conformidad con los costes subvencionables establecidos en el artículo 4.2 de las Normas Reguladoras.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid, en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad como trabajador por cuenta propia, considerándose dicha fecha, el alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, dentro del régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional como ejerciente.
- No haber realizado la misma actividad en los seis meses anteriores a la fecha de alta como trabajador por cuenta propia.
- Además, los beneficiarios están obligados a cumplir el mantenimiento del alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional como ejerciente de la actividad, durante al menos dos años.
- Para la justificación de los pagos, solo se permiten como medios de pago válidos los efectuados por transferencia y tarjeta bancaria.
El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir de la fecha de inicio de la actividad del trabajador/a autónomo/a.
Programa de Fomento del Emprendimiento Colectivo
El objetivo de este programa es fomentar el emprendimiento colectivo de la Región mediante la concesión de ayudas que cubran parte de los gastos iniciales necesarios para la constitución de cooperativas y sociedades laborales, así como para la calificación de empresas de inserción, parte de las inversiones necesarias para la creación de cooperativas y sociedades laborales, o para su ampliación y desarrollo, y que subvencionen además la incorporación de socios a las empresas de la economía social, en concreto, cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.
Se trata de un Programa de Ayudas que consta de cuatro líneas:
- Apoyo a la creación de cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción
- Apoyo al servicio de asesoramiento de autónomos
- Financiación para la creación de empresas de economía social
- Apoyo a la incorporación de socios a las empresas de economía social
Puedes gestionarlo desde aquí.
3. Subvenciones para autónomos y empresas de Baleares
¿Tienes tu negocio en Baleares y quieres optar porinternacionar tus productos fabriados en tu Comunidad? Esta subvención es para ti.
Los solicitantes deben reunir, como mínimo, uno de los requisitos específicos:
- Para empresas, autónomos, asociaciones o clusters con trabajadores, haber realizado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), por fuerza mayor o por causas económicas y productivas, como consecuencia de la Covid-19. Para la acreditación de este requisito es necesario que se lleve la resolución o comunicación de la autoridad competente que acredite la realización de la ERTE.
- Tener aprobada una prestación extraordinaria por cese de la actividad como consecuencia de la Covid-19 establecida en el Real Decreto Ley 2/2021, de 26 de enero. Para la acreditación de este requisito es necesario aportar la resolución por la que se aprueba la prestación extraordinaria por cese de actividad.
- En el caso de empresas, de autónomos y de asociaciones que no se encuentran incluidos en ninguno de los supuestos anteriores pero se encuentran afectados por la Covid-19, haber sufrido una reducción de su facturación: Entendemos por reducción de la facturación, la reducción de la facturación de al menos un 15% durante el periodo del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020, con respecto al periodo del 1 de enero del 2019 al 31 de diciembre de 2019. Para la acreditación de este requisito es necesario presentar la declaración de IVA de los periodos que se comparan (modelo 390 de liquidación del IVA años 2019 y 2020).
El plazo de presentación de solicitudes, comienza a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y termina el día 30 de octubre del 2021.
Recuerda que puedes gestionarlo desde la web del Cabildo o bien delegar esta tarea en nosotros.
3. Subvenciones para autónomos y empresas en Andalucía
Subvenciones para nuevos autónomos
Andalucía ofrece la conocida como “ampliación de la tarifa plana”. Se trata de una compensación adicional a las ayudas estatales, reduciendo las cuotas y prolongando las ayudas, para que no tengas que abandonar el juego justo cuando empezabas a controlarlo. Concretando, si te das de alta como nuevo autónomo o autónoma en Andalucía, podrás beneficiarte de una extensión de la cuota reducida de 60 € durante todo el segundo año, en lugar de pagar la cuota completa.
Esta subvencion tiene 5 opciones distintas según el colectivo al que pertenezcas:
- Línea de ayudas para trabajadores autónomos menores de 30 años
- Ayudas para trabajadoras autónomas que se reincorporan tras el permiso de maternidad
- Autónomos agrarios
- Línea de ayudas para trabajadoras autónomas de municipios de menos de 5.000 habitantes
- Ayudas para trabajadores autónomos en cooperativas o comunidades de bienes
Importante, el plazo de solicitud es de 3 meses desde que se inicia la tarifa plana. Si te diste de alta el año pasado, los plazos eran otros. Ojo, que ha cambiado y debes pedirla ahora, antes de que acabe el año.
Subvenciones a la contratación para el impulso de medidas de flexibilidad horaria a través del fomento del trabajo a distancia
En Andalucía también quieren acercarnos un poco más la soñada conciliación familiar y laboral, por eso nos traen esta ayuda para autónomos y empresas. El importe es de 8.000 euros por contrato, incrementándose esa cantidad en un 10% (8.800 euros) cuando la persona contratada sea mujer.
Pueden las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades sin ánimo de lucro privadas, que cuenten con domicilio fiscal y un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Te dejamos el enlace al trámite o contacta con nosotros.
Subvenciones dirigidas a la contratación de personas desempleadas para la atención y el cuidado de personas con discapacidad o dependencia en el ámbito familiar.
En este caso, la cuantía es de 3.000 euros por contrato a jornada completa y por un periodo mínimo de 12 meses. Cuando los ingresos de la unidad familiar no superen en cómputo anual dos veces el Salario Mínimo Interprofesional, el incentivo se incrementa hasta los 4.000 euros.
Te dejamos el enlace al trámite por si te interesa.
4. Subvenciones para autónomos y empresas en Cataluña
En el caso de Cataluña destacamos estas dos subvenciones que pensamos que podrían interesarte:
Ayudas para proyectos de desarrollo de nuevas oportunidades de negocio
El plazo de presentación: desde las 9h del 21 de octubre hasta las 14h del 22 de noviembre de 2021. Está dirigida as empresas con establecimiento operativo en Cataluña. Se entiende por empresa: aquella entidad que ejerza una actividad económica y que esté constituida según alguna de las formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa.
Puedes gestionarla desde aquí o contactar con nosotros.
Subvenciones para autónomos y empresas por actuaciones de internacionalización digital
Los requisitos son los siguientes:
- Tener una facturación mínima de 100 000€
- Disponer de una web en idioma extranjero
- Tener un plan de promoción internacional
¿Te interesa? Te dejamos el enlace directo. También puedes contactar con nosotros para saber más
Ayudas para proyectos de asesoramiento para la aceleración de la innovación de la empresa a través del desarrollo de nuevas iniciativas disruptivas año 2021
Esta ayuda tiene diversas líneas:
- Línea 1 y 2: Para empresas constituidas según alguna de las formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa, y con establecimiento operativo en Cataluña y al menos dos años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda.
- Línea 3. Para Las empresas emergentes tecnológicas (startup), entendidas como empresas con tecnología propia, constituidas según alguna de las formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa, con establecimiento operativo en Cataluña y que cumplan los requisitos siguientes:
- Que se hayan constituido, entre el día 29 de septiembre de 2021 y 8 años antes de la presentación de la solicitud y tengan personalidad jurídica propia, independiente de la de sus socios fundadores.
- Además, que desarrollen un producto, servicio o modelo de negocio claramente innovador y tengan un alto potencial de crecimiento.
Puedes pedir esta subvención hasta el 05 de noviembre de 2021 directamente desde aquí .
5. Subvenciones para autónomos y empresas en Canarias
Te dejamos también las dos principales subvenciones que tiene vigente el Gobierno de Canarias para los autónomos emprendedores:
Subvención para autónomos nuevos.
El importe máximo que te pueden dar es de 10 000€. La cuantía definitiva depende del sector, del presupuesto que quede, etc. Debe solicitarse durante el primer año de autónomo. Los requisitos son:
- Estar inscrita como persona desempleada demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo.
- Gestionar el alta en el Régimen Especial de trabajadores autónomos o por cuenta propia de la Seguridad Social.
- Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Darse de alta en la Administración Tributaria Canaria.
Es importante tener en cuenta que si te la conceden te obliga a mantener tu actividad empresarial y tu alta en Seguridad Social durante al menos tres años, debiendo comunicar al Servicio Canario de Empleo cualquier variación que se produzca dentro de dicho plazo. ¿Te intersa? Puedes gestionarlo desde aquí .
Ampliación de la tarifa plana de autónomo.
Con esta subvención te pagan la diferencia entre la cuota de autónomo que en principio te correspondería aportar durante el segundo año -algo más de 140 euros en el primer semestre y de 190 en el segundo- y los 60€ del primer año. Debe solicitarse dentro de los tres meses siguientes a la finalización de ese segundo año como autónomo. No pierdas este enlace para pedirla.
Subvención para autónomos y empresas para la contratación de empleados: Retorno al empleo
Para la subvención de Retorno al Empleo, es importante que la persona que vayamos a contratar lleve inscrita, en el momento de su contratación, durante al menos 12 meses, continuados o no, dentro de un periodo de 18 meses, o 360 días en un periodo de 540 días. El contrato además, no podría ser en prácticas.
Los importes para contratos a tiempo completo son los siguientes:
o Por contratos indefinidos: 8.000,00 euros por contrato. En el caso de contratos indefinidos celebrados con mayores de 45 años en el momento de la contratación, la subvención se incrementará en 1.000,00 euros.
o Por contratos temporales: 4.000,00 euros por contrato temporal, con una duración igual o superior a 6 meses, (mínima exigible), e inferior a 12 meses. Por contratos temporales con una duración de 12 meses, o superiores, se concederán 6.000,00 euros.
EL plazo de solicitud depende de la fecha del contrato. Contacta con nosotros para saber más.
6. Subvención estatal para autónomos y empresas para renovar maquinaria
Te dejamos para finalizar esta subvencion que puede ser interesante si necesitas renovar maquinaria. El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable será mayor o igual que 70.000 euros (excluido el IVA o IGIC). Esta subvencion es a nivel estatal, por lo que puedes optar a ella desde cualquier Comunidad Autónoma siempre que cumplas los requisitos exigidos en la normativa. Puedes consultarlos desde aquí o contacta con nosotros para que te nos ocupemos de todo.
Importe máximo de la ayuda y límites:
- 20% de los gastos subvencionables en el caso de pequeñas empresas
- 10% de los gastos subvencionables en el caso de medianas empresas
Se exigirá, antes de la resolución de concesión de la subvención, la presentación del resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos, en cualquiera de las modalidades aceptadas conforme a la normativa de la citada Caja (Real Decreto 937/2020 de 27 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos).
El importe total de la garantía a constituir será del 100 % de la subvención propuesta.
Para pedir estas subvenciones es necesario que dispongas de tu certificado digital. Si aún no sabes de qué estamos hablando, o quieres obtenerlo ahora, te dejamos nuestro artículo anterior.
¿Buscas una asesoría fiscal y laboral para autónomos y empresas que no solo se ocupe de tus impuestos? En You Asesoría, nos comprometemos con tu negocio para ayudarte a crecer. Te buscamos las mejores ayudas y subvenciones y te acompañamos en tu día a día. Contacta con nosotros.
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