Si acabas de darte de alta como autónomo es probable que tengas que emitir tu primera factura. ¿Sabes si tienes que aplicar retención en tus facturas de ingresos? ¿Quién está obligado a retener IRPF en las facturas? Sigue leyendo que te contamos todo sobre las retenciones en las facturas de los autónomos.
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¿Qué es la retención de IRPF en las facturas?
La retención de IRPF no es más que un adelanto de la declaración de la renta. Es decir, cuando presentamos la renta cada año se tienen en cuenta una serie de pagos que hemos ido haciendo durante el año. Si has hecho pagos de más, la renta te sale a devolver. Si has hecho menos pagos de los que te corresponde para tus ingresos es cuando te sale a pagar.
La forma en que realizas estos pagos a cuenta de la renta no es igual para todos ya que depende de si eres asalariado o trabajador autónomo. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, todos los meses se les descuenta de su nómina una cantidad que el empleador ingresa directamente en Hacienda a cuenta de la Renta de sus empleados. Concretamente se hace a través del modelo 111, y es uno de los modelos que no se pueden fraccionar.
En el caso de los autónomos, este pago se realiza de dos formas según el tipo de autónomo que seas. Por un lado, los autónomos profesionales tienen que emitir con retención sus facturas, mientras que, por otro lado, los autónomos realizan este pago a través de un modelo trimestral llamado modelo 130.
En definitiva, la retención del IRPF es una cuantía que se descuenta de lo que el cliente debe abonar al autónomo por sus servicios, y se ingresa directamente en Hacienda como pago anticipado de su renta.
¿Quién tiene la obligación de retener IRPF en factura?
Como adelantábamos antes, solo deben emitir sus facturas con retención los autónomos profesionales. Es decir, dentro de las distintas secciones del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) emitirán con retención aquellos autónomos dados de alta en la sección profesional y artística.
Además, el destinatario de la factura debe ser otro autónomo o una empresa nacional. Es decir, si tus clientes son particulares no debes aplicar retención de IRPF en tus facturas.
Tampoco tendrás que aplicar retención si tus clientes son empresas extranjeras, como ocurre por ejemplo en las operaciones intracomunitarias.
A modo de resumen, aplicar o no retención en las facturas depende tanto del tipo de autónomo que seas como del destinatario de esa factura.
¿Cuál es el tipo de retención que debemos aplicar?
Si ya tienes claro que debes aplicar retención en tus facturas porque eres autónomo profesional y tu cliente es una empresa o autónomo nacional, vamos a ver ahora qué tipo tienes que aplicar.
De forma general tienes que aplicar el 15%. No obstante, existe un tipo reducido para nuevos autónomos. Aprovecho para recordarte que en este artículo tienes resumido los costes de ser autónomo en España en 2023 para que nada te pille por sorpresa.
¿En qué consiste el tipo reducido de IRPF?
Durante el año en que cursen su alta y en los dos ejercicios siguientes, los nuevos autónomos pueden aplicar una retención del 7% en lugar del tipo general. El requisito para poder hacerlo es no haber estado dado de alta en el RETA en los 12 meses anteriores al actual alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Debes tener en cuenta que hay veces que a los nuevos autónomos no les conviene emitir con el tipo reducido de retención ya que luego todo se regulariza en la Declaración de la Renta y puede salirte a pagar mucho. Revisa tu caso con un asesor experto.
Otros tipos de retención de IRPF
Aunque los tipos más comunes son el 15% y el 7% debes saber que los autónomos en módulos emiten al 1% y que las actividades agrícolas y ganaderas emiten al 2%.
¿Quién paga las retenciones de las facturas?
Las retenciones en factura las debe ingresar el destinatario a Hacienda a través del modelo 111. Es decir, será tu cliente quien ingrese esa retención a Hacienda.
Si no lo hace, tranquilo, Hacienda no te va a pedir que las ingreses tú. No obstante, es probable que te pida documentación para revisar la operación. Por ejemplo, la factura y el justificante de haberla cobrado.
Como viene siendo habitual cuando se trata de impuestos, cualquier error o retraso en el pago por parte del obligado dará lugar a la aplicación de intereses de demora y recargos.
Por otro lado, el pagador expedirá de forma anual un certificado que recogerá las retenciones practicadas a un mismo proveedor durante el ejercicio fiscal.
Te darás cuenta de si tu cliente ha pagado o no tus retenciones cuando consultes tus datos fiscales ya que ahí aparecerán los clientes que sí las han ingresado.
Modelo 130
El resto de autónomo que no son profesionales, realizan los pagos a cuenta de IRPF a través del modelo 130. Este modelo se presenta de forma trimestral y en él abonamos en torno al 20% del beneficio.
Como excepción, si se trata de un autónomo que lleva a cabo actividades profesionales, no tiene que presentar este modelo si un mínimo del 70% de sus ingresos proceden de una actividad en la que se haya practicado retención.
Recuerda que si tienes dos actividades, por ejemplo, una empresarial y otra profesional tendrás que presentar el modelo 130.
Esperamos haber resuelto tus dudas sobre la obligación de retener IRPF en factura. Si prefieres que un asesor experto se ocupe de todo contacta con You Asesoría y evita problemas con Hacienda.
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