Reducción de la jornada por guarda legal

Si has sido mamá o papá recientemente debes saber que la reducción por guarda legal es un derecho de todas las personas que tienen a su cargo a un menor de hasta 12 años de edad. Si por el contrario, eres el empresario/a y te han pedido la reducción por guarda legal, no te preocupes que resolvemos tus dudas en este artículo.

¿Qué es la reducción de la jornada por guarda legal?

La reducción de la jornada por guarda legal es un  derecho de todas aquellas personas que tienen a su cargo un menor de 12 años o a una persona con algún tipo de discapacidad.

Se regula en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores. En este artículo se explica que quien tenga a su cuidado a una persona con discapacidad físicasensorial o psíquica que no desempeñe ningún trabajo retribuido o a un menor de 12 años por razones de guarda legal, tiene derecho a disfrutar de una reducción de la jornada. Lo mismo sucede respecto a quienes tengan que cuidar directamente a un familiar de hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad.

En resumen, consiste en reducir la jornada diaria para el cuidado de un menor de 12 años. También de una persona física con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida que estén a cargo del beneficiario o para el cuidado directo de un familiar, hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

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¿Quiénes pueden pedir reducción de jornada por guarda legal?

Esta reducción de la jornada la puede pedir cualquier trabajador por cuenta ajena, es decir, que trabaje para otra persona. Además, es importante que sepas que la reducción es para el cuidado de:

  • Niños menores de 12 años.
  • Menores de 18 años que se encuentren hospitalizados por sufrir cáncer o cualquier otra enfermedad grave.
  • Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
  • Familiares de hasta segundo grado de afinidad o consanguinidad que no puedan valerse por sí mismos.

 

¿A qué tipo de reducción de jornada por guarda legal tengo derecho?

Si quieres reducir tu jornada para el cuidado de un menor de 12 años o un familiar con discapacidad, el empleado tiene derecho a disfrutar de una reducción de su jornada de entre 1/8 (12,5 %) y ½ (50 %). Por ejemplo, si trabajas 40 horas a la semana, puedes reducir tu jornada entre 5 y 20 horas.


En el caso de que el derecho nazca por la enfermedad grave de un menor de 18 años, entonces la reducción de la jornada deberá ser, como mínimo, del 50 %.

En cuanto al horario de tu nueva jornada, la nueva propuesta horaria del trabajador debe estar dentro del marco habitual de su jornada laboral. Con esto queremos decir que si, por ejemplo, un empleado que desarrolla sus laborales de 8:00 a 17:00 horas, tras la reducción no puede pasar a trabajar de 18:00 a 22:00 horas, por ejemplo.

¿Cómo se solicita la reducción horaria de guarda legal por cuidado de hijos o familiares?

El procedimiento es bastante sencillo. Debes comunicarlo a tu empresa al menos, con 15 días naturales de antelación a la fecha a partir de la cual quiere empezar a beneficiarse del derecho. Lo ideal es hacerlo por escrito mediante burofax.


En el documento debe constar la fecha de inicio y de finalización prevista de la reducción, así como la cantidad de horas en la que desea ver mermada su jornada. También ha de contener una propuesta horaria y una fecha en la que se emplaza a la compañía a dar respuesta a su solicitud. Parece un simple detalle, pero no tener cuidado con él puede dar lugar a confusiones legales.

¿Puede la empresa negarse a la reducción de jornada por guarda legal?

No es lo habitual, pero puede hacerlo. Te contamos los principales motivos:

Disfrute de la reducción por varios trabajadores de la empresa:

 Si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el niño, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

 Por ejemplo, en una misma oficina trabaja una pareja que son marido y mujer y que ambos solicitan la reducción de jornada con el propósito de cuidar al mismo familiar. En ese caso, la empresa está en su derecho de solo concederla a uno de ellos siempre que, al hacerlo, alegue razones justificadas de carácter organizativo y operativo.

2. Organización de la empresa

La concreción horaria y la determinación del período de disfrute de la reducción corresponderán al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. No obstante, los convenios colectivos podrán establecer criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada.

Otro aspecto importante es que la empresa puede discrepar respecto a la propuesta horaria. En este sentido, lo ideal es que ambas partes se sienten, negocien y lleguen a un acuerdo que quede rubricado por escrito.

¿Cómo afecta la reducción de la jornada por guarda legal a tu cotización?

– Si la reducción de jornada por cuidado de hijas e hijos menores de 12 años. Durante los dos primeros años, el trabajador mantiene el 100% de la base de cotización a efectos de calcular en el futuro las prestaciones que le corresponden por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad o paternidad.

Tras ese periodo, la base de cotización se reduce según el porcentaje de reducción de jornada.

– En la reducción por cuidado de otros familiares distintos de hijas e hijos menores de 12 años, la cotización al 100% se mantiene solo durante el primer año.

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2 Comentarios

  1. María José Requena Arteseros

    Buenas tardes

    Se podría reducir la jornada a trabajar 32 horas pero hacer 4 días a 8 horas y librar 3? Tengo dos hijos menores de 12 años y una madre con una enfermedad

    Responder
    • You Asesoría

      Hola María José, la distribución de la jornada tienes que acordarla con la empresa. Es decir, debe ser aceptada por ambas partes.

      Responder

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