Descubre los gastos deducibles si trabajas desde casa

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Hoy te contaremos qué gastos son deducibles si trabajas desde casa, ya que cada vez es más frecuente esta modalidad, tanto en el caso de empleados a través del teletrabajo como en el de los propios autónomos. Más aún tras esta pandemia que ha obligado a muchos empresarios y empresarias a trasladar su lugar de trabajo a casa.

Si es tu caso, y trabajas desde tu domicilio, no dejes de leer este artículo.

Primero informa a Hacienda

Lo primero que debes hacer si vas a empezar a trabajar desde casa, es informar a Hacienda de ello (o decírselo a tu asesor para que lo haga por ti). Se comunica a través de un modelo censal llamado 037 e indicamos tanto la dirección completa (incluida la referencia catastral) como los metros cuadrados que vas a destinar a tu actividad. Es decir, debes tener delimitado qué parte de tu vivienda vas a usar para tu negocio para que Hacienda sepa qué gastos imputar; por ejemplo, una habitación que hayas adaptado.

¿Los suministros de mi casa son gastos deducibles?

Se entienden por suministros los gastos de luz, agua, internet… Si trabajas desde casa, los suministros de la vivienda se pueden deducir en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los m² de la vivienda destinado a la actividad del total de la vivienda. Más fácil: te puedes deducir el 30% del porcentaje que destines de tu casa al trabajo.

Como te decíamos, es necesario haber comunicado en un modelo 037 que trabajas desde casa y además, disponer de la factura de la compañía de suministros con tus datos en ella.

Por ejemplo, supongamos que tu vivienda tiene 100 m² y que vas a usar una habitación de  40 m² para trabajar dede ahí, es decir, vas a usar el 40% de tu vivienda. Si tienes una factura de suministro de 100€ vas a poder deducirte el 30% del 40% , es decir, 12€.

Si no trabajas desde casa o no lo has informado a Hacienda no serán gastos deducibles los relacionados con los suministros de tu vivienda habitual. No obstante, si trabajas desde un local alquilado o en propiedad, los gastos de suministros son totalmente deducibles. Para justificarlo, necesitas el contrato de alquiler y la factura del suministro a tu nombre. En caso de local alquilado, ten en cuenta que muchas compañías no emiten la factura a nombre del arrendatario; en este caso, el arrendador tendrá que incluir el suministro como mayor importe de la factura de alquiler mensual.

¿Y puedo incluir el alquiler o el pago de la hipoteca como gastos deducibles?

En caso de trabajar desde casa, los gastos propios de la titularidad de la vivienda (amortización del préstamo, IBI, comunidad de propietarios, etc.), son deducibles en proporción a la parte de la vivienda destinada al desarrollo de la actividad y al porcentaje de titularidad del inmueble que tiene el autónomo si vive y trabaja en la misma vivienda. Es decir, si la vivienda es tuya al 50% y destinas un 40% a tu negocio de la casa, los gastos deducibles son el 40% del 50%.

Si trabajas desde un local en propiedad, los gastos de titularidad del local son deducibles en proporción al porcentaje de titularidad del local que tenga el autónomo. Es decir, si el local es exclusivamente tuyo te corresponderá un porcentaje de titularidad del 100% pudiendo deducirte la totalidad de este tipo de gastos. Sin embargo, si el local se compró a medias con otra persona y cada uno pagó la mitad, te corresponderá un porcentaje de titularidad del 50% pudiendo deducirte la mitad del valor de los gastos de este tipo, excepto que se trate del cónyuge y sean bienes en común o gananciales, en cuyo caso también será deducible al 100%. 

Si trabajas en un local alquilado, los gastos de titularidad son deducibles para los titulares del inmueble. Para que sea deducible para el arrendatario, es necesario que el arrendador introduzca esos conceptos en la factura de alquiler, repercutiéndole IVA y retención por el total y así venga indicado en el contrato. Los documentos que respaldan los gastos relacionados con la titularidad de la vivienda (IBI, tasas de basuras, comunidad de propietarios, intereses de la hipoteca, etc.) son los justificantes bancarios; en el caso de intereses del préstamo, también tendremos el cuadro de amortización.

En resumen, si vas a trabajar desde casa informa primero a Hacienda y asegúrate de recibir todas las facturas a tu nombre. Recuerda: no es el mismo porcentaje de deducibilidad en los suministros (30% de la parte destinada a tu negocio) que del alquiler o hipoteca en sí.

¿Te ayudamos? Ponte en contacto con nosotros y déjanos todos estos cálculos.

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