¿Eres empleada de hogar? Este artículo te interesa ya que se ha producido una novedad muy importante para las trabajadoras al servicio del hogar. El Gobierno aprueba el derecho a paro de las empleadas de hogar.
También se recogen novedades en cuanto a indemnizaciones por despidos a las empleadas de hogar. ¡te contamos todo sobre el RD Ley 16/2022!
Tabla de contenidos
Las empleadas de hogar tendrán derecho a paro
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, que reconoce el derecho a paro de las empleadas del hogar. Este derecho había sido reclamado por el colectivo durante años.
Hace unos meses, el Tribunal de Justicia de la UE señaló a España y declaró improcedente que las empleadas de hogar no tuvieran derecho a paro.
Además, reconoce no solo el derecho a paro de las empleadas de hogar si no que acabará con la posibilidad de despedir sin causa justificada.
¿Buscas una asesoría laboral para dar de alta una empleada del hogar? En You Asesoría podemos ayudarte con todo el papeleo.
Mejoras en la situación de las empleadas de hogar. Derecho a paro
En el año 2012 se aprobó en España el régimen actual de empleadas de hogar posibilitando a las mismas el acceso al Régimen General. Desde entonces, las empleadas de hogar comenzaron a cotizar desde la primera hora trabajada y podían darse de baja en caso de enfermedad. Sin embargo, no se regularizó su situación de derecho a paro tras finalizar su contrato.
Para ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional de Trabajo sobre trabajadoras y trabajadores domésticos y regularizar el acceso a la prestación por desempleo, el Gobierno ha aprobado el derecho a paro de las empleadas de hogar.
La norma recoge, además, que las empleadas de hogar tendrán derecho a todas las prestaciones asistenciales disponibles en el ordenamiento jurídico laboral y se incorporarán a la prevención de riesgos laborales.
¿Cuándo tendrán las empleadas de hogar derecho a paro?
¡Atención! La nueva normativa no tendrá efectos retroactivos. Es decir, no se aplica a cotizaciones de meses anteriores a la entrada en vigor.
Las trabajadoras del hogar comenzarán a cotizar para su prestación por desempleo a partir del 1 de octubre.. A partir de este momento, las empleadas de hogar podrán recibir indemnizaciones en caso de insolvencia.
La nueva norma establece, además, que los empleadores serán los encargados de gestionar la cotización de las empleadas de hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas al mes. Esto es para eliminar la opción de que sean las empleadas las que soliciten su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
¿Sabes que cómo empleador de una persona empleada del hogar tienes obligaciones? ¿Quieres saber cuánto cuesta asegurar una empleada de hogar? Contacta con un asesor laboral experto.
¿Cómo serán las indemnizaciones para las empleadas de hogar?
Hasta ahora, las empleadas de hogar podían ser despedidas sin ningún motivo y el empleador las indemnizaba con 12 días de salario por año de servicio, con el límite de 6 mensualidades.
Esto ya no será así. La norma establece que se deberán acreditar los motivos para finalizar el contrato. Es decir, ya no te pueden despedir sin motivo.
La relación laboral podrá extinguirse por alguna de las siguientes causas, siempre que estén justificadas:
- Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida. Por ejemplo si un miembro de la familia se queda en paro.
- Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar. Por ejemplo, tu empleador o su cónyuge fallece.
- El comportamiento de la persona trabajadora que fundamente de manera razonable la pérdida de confianza de la persona empleadora. Como en toda relación personal, la confianza es la base.
Preaviso en caso de despido a la empleada de hogar.
Si la prestación de servicios ha superado el año de duración la empleada de hogar tendrá derecho a conocer la voluntad de su despido con mínimo 20 días de antelación. Para el resto de casos, será con mínimo 7 días de antelación.
Durante ese período de preaviso frente al despido, la empleada de hogar que preste sus servicios a jornada completa podrá disfrutar de una licencia de 6 horas a la semana para buscar un nuevo empleo (sin que exista pérdida ni disminución en su retribución).
Despido improcedente a empleada de hogar
Las empleadas de hogar tendrán derecho a recibir una indemnización de 33 días de salario por año trabajado si se trata de un despido declarado como improcedente, con hasta un máximo de 24 mensualidades.
Y de una indemnización de 20 días por año trabajado y un límite de 12 meses si es un despido objetivo.
¿Tienen vacaciones las empleadas de hogar?
El descanso semanal será de treinta y seis horas consecutivas que comprenderán, como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo. No obstante, podéis pactar de mutuo acuerdo otros días según os convenga.
En cuanto al período de vacaciones anuales será de treinta días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, pero al menos uno de ellos será como mínimo de quince días consecutivos. Si no hay acuerdo sobre el periodo de vacaciones, quince días podrán fijarse por el empleador y el resto se elegirá libremente por el empleado. Estas fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute.
Además, el trabajador tendrá derecho al disfrute de las fiestas y permisos previstos para el resto de los trabajadores. En los festivos, tiene 24 horas de permiso, que puede ser la noche de antes o de después. Por ejemplo, el 6 de enero, la cuidadora puede salir del domicilio el día 5 a las 21:00 y volver el 6 a las 21:00 horas, o bien, salir el 6 a las 09:00 y volver el 7 a las 09:00 horas.
Con respecto a adelantar las vacaciones, siempre que lo acordéis no hay problema, pero tampoco suele ser aconsejable que disfrute las vacaciones antes de devengarlas por si el contrato acaba antes de lo previsto y luego hay que descontárselo de su nómina. Por cada mes trabajado le corresponden 2.50 días naturales.
Estaremos pendientes para ofreceros las actualizaciones que salgan sobre la normativa.
¿Qué piensas sobre la nueva normativa que recoge el derecho a paro de las empleadas de hogar? No olvides dejar más abajo tus comentarios.
0 comentarios