Declaración renta 2025 criptomonedas

Sin errores. 
Sin sustos.
Sin Hacienda llamándote.

Has comprado, vendido, hecho staking, permutas o cobrado airdrops. Hacienda ya lo sabe. Nosotros nos encargamos de que tu declaración esté impecable: cada operación trazada, cada ganancia y pérdida calculada con método FIFO, cada deducción aplicada. Tú no tocas nada.

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    Le informamos que el responsable del tratamiento de estos datos es ASESORIA Y CONSULTORIA PARA EMPRESAS YOU, S.L. y la finalidad de este es la gestión de las solicitudes de asesoramiento online y, en caso de que así expresamente lo consienta marcando la casilla al efecto, para el envío de comunicaciones comerciales de nuestros productos y servicios, encontrándonos legitimados para este tratamiento a través del consentimiento que nos está otorgando en este acto. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal. Usted certifica que es mayor de 14 años y que por lo tanto posee la capacidad legal necesaria para la prestación de este consentimiento y todo ello, de conformidad con lo establecido en la Política de Privacidad. Puede usted acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos pinchando aquí + info

    Tres pasos. Cero complicaciones.

    Asesoría Holded

    Cuéntanos tu caso cripto

    Rellena el formulario con tus datos básicos. Te llamamos para entender tu operativa: exchanges, wallets, DeFi, staking, NFTs… y te damos precio exacto.

    Envíanos la documentación e historial de operaciones

    Te decimos exactamente qué necesitamos: exportaciones de Binance, Coinbase, Kraken, MetaMask o cualquier plataforma. Lo mandas por email o WhatsApp. Nosotros lo procesamos y cuadramos.

    Nosotros nos encargamos

    Tu asesor calcula cada ganancia y pérdida con método FIFO, aplica compensaciones, y te envía el borrador para que lo apruebes antes de presentar.

    Hacerla tú solo vs. con nosotros
    El borrador de Hacienda no incluye tus operaciones cripto. Si las omites o las calculas mal, te expones a sanciones del 50% al 150% de lo no declarado. Y sí, Hacienda ya cruza datos con los exchanges gracias a los modelos 172 y 173.
    Beneficios
    Tú solo (app AEAT)
    Con YOU Asesoría
    Revisión de errores por un fiscal
    Deducciones autonómicas aplicadas
    A veces
    Todas
    Optimización de resultado
    Crypto, acciones, alquileres
    Riesgo alto
    ✓ Expertos
    Tiempo que te cuesta
    Días + estrés
    En Tiempo Record

    No es hacer la renta. Es hacerla parA que pagues menos.

    Especialistas en fiscalidad cripto

    Sabemos distinguir una permuta de un airdrop, calcular FIFO con cientos de operaciones y clasificar correctamente staking, lending y DeFi.

    WhatsApp, email o llamada

    Habla con tu asesor por el canal que te venga mejor. Respuesta ágil y cercana. Como si estuvieras en su despacho.

    Borrador antes de presentar

    Siempre ves el resultado antes de que lo enviemos. Si algo no te cuadra, lo revisamos juntos.

    Compensamos tus pérdidas

    Si has vendido con pérdidas, las usamos para reducir la factura fiscal. Compensamos ganancias del mismo ejercicio y, si queda saldo negativo, las arrastramos hasta 4 años.

    Expertos en lo complicado

    Criptomonedas, acciones, alquileres, herencias, rentas del extranjero, donaciones… Sin problema.

    En Tiempo Record

    Sin esperar semanas. Una vez tenemos tu documentación, tu declaración estará revisada y lista en pocos días.

    No lo decimos nosotros.

    Lo dicen ellos.

    Todo lo que necesitas saber antes de decidir

    ¿Tengo que declarar mis criptomonedas?

    Sí, si durante 2025 has vendido, permutado (cambiado una cripto por otra), cobrado recompensas de staking, recibido airdrops o pagado con criptomonedas. Cada una de esas operaciones genera una ganancia o pérdida patrimonial que debe incluirse en tu IRPF. Si solo has comprado y mantenido sin operar, no hay obligación de declarar por ese concepto. Pero ojo: si tienes más de 50.000€ en exchanges extranjeros, debes presentar el Modelo 721 aunque no hayas operado.

    Hacienda las trata como una venta seguida de una compra. Si cambiaste Bitcoin por Ethereum, tributas por la diferencia entre el valor al que adquiriste el Bitcoin y su valor de mercado en el momento de la permuta. No importa que no hayas pasado por euros: es un hecho imponible. Nosotros calculamos cada permuta con trazabilidad completa.

    Las recompensas de staking y lending se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan en la base del ahorro (del 19% al 30%). Los airdrops, en cambio, se clasifican como ganancias patrimoniales no derivadas de transmisión y van a la base general del IRPF (del 19% al 47%). La diferencia importa, y clasificarlo mal puede costarte dinero. Nosotros lo hacemos correctamente.

    También debes declararlas, y además te benefician. Las pérdidas se compensan primero con las ganancias patrimoniales del mismo ejercicio. Si queda saldo negativo, puedes compensar hasta un 25% con rendimientos del capital mobiliario. Y si aún así quedan pérdidas pendientes, se arrastran hasta los 4 ejercicios siguientes. Nosotros optimizamos cada céntimo.

    Es una declaración informativa obligatoria si a 31 de diciembre de 2025 tenías más de 50.000€ en criptomonedas custodiadas en exchanges extranjeros (Binance, Kraken, Coinbase, etc.). Se presenta entre enero y marzo de 2026. No pagas nada con este modelo, pero no presentarlo puede suponer sanciones de 5.000€ por dato omitido, con un mínimo de 10.000€. Te avisamos si te aplica y lo gestionamos por ti.

    Los exchanges que operan en España están obligados a presentar los modelos 172 (saldos de clientes) y 173 (operaciones realizadas) ante la AEAT cada año. Hacienda cruza automáticamente esos datos con tu declaración. Si tus números no cuadran o directamente no has declarado, saltará una alerta. Mejor adelantarte.

    El historial de operaciones de cada exchange o wallet donde hayas operado en 2025 (normalmente un CSV o PDF descargable). También tu DNI, referencia catastral si aplica, y certificado de retenciones de tu trabajo si lo tienes. Te mandamos un checklist personalizado cuando contactes con nosotros para que no se te escape nada.

    Puedes regularizar voluntariamente presentando declaraciones complementarias de los ejercicios no prescritos (los últimos 4 años). Si te adelantas a Hacienda, el coste es un recargo progresivo que parte del 1% por mes de retraso. Si es Hacienda quien te pilla, las sanciones van del 50% al 150% de lo no declarado. Te ayudamos a reconstruir el historial y a regularizar con el menor impacto posible.


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