¿PUEDO FACTURAR SIN SER AUTÓNOMO?

Es habitual que en los comienzos de tu negocio o, si de forma esporádica te surge un trabajo que necesitas facturar, te preguntes si puedes emitir una factura sin ser autónomo y sin pagar la cuota de Seguridad Social.

¿Te ha surgido un trabajo puntual que necesitas facturar? ¿Sabes si te tienes que dar de alta de autónomo y si tienes que declarar el IVA? ¿Qué pasa si no me doy de alta de autónomo? No te preocupes, te contamos los puntos fundamentales en este artículo. Si buscas una asesoría online y presencial que se ocupe de todo, ponte en contacto con nosotros.

¿Es legal facturar sin ser autónomo?

Es una pregunta habitual entre los emprendedores que van a empezar y entre aquellos que tienen un trabajo esporádico y puntual. Para poder responder a esta consulta habitual es fundamental tener claro si es un trabajo habitual o recurrente y el importe del mismo.

Dicho esto, puedes llegar a hacer factura sin ser autónomo por algún tipo de servicio esporádico que hayas desarrollado por tu propia cuenta. Sólo es requisito fundamental estar dado de alta en actividades económicas (Hacienda), a través de la presentación del modelo censal 036 o 037. Es decir, si vas a facturar un servicio esporádico, debes darte de alta en Hacienda para poder emitir esa factura. ¿Te ayudamos?

Además, es importe que tengas en cuenta los siguientes puntos:

  • El requisito más importante, que la actividad no sea habitual. Esto es que desarrolles la misma de forma ocasional y que no suponga tu medio de vida. Debe ser algo extra y puntual para ti.
  • No generar ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, tu actividad no puede darte ingresos mayores al salario bruto mensual mínimo.

Estos dos requisitos deben darse a la vez. Así, por ejemplo, si facturas mensualmente unos servicios aunque no lleguen al Salario Mínimo Interprofesional, tendrías que darte de alta como autónomo en Hacienda y en Seguridad Social por ser un trabajo habitual. Si no tienes claro si cumples o no estos requisitos, te recomendamos que te pongas en manos de una asesoría profesional como YOU.

¿Cuándo no puedo facturar sin ser autónomo?

El alta en Seguridad Social como autónomo y pagar la correspondiente cuota de autónomo es obligatorio siempre que realices de forma habitual por cuenta propia, fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo. 

Si es tu caso, debes darte de alta tanto en Hacienda como en Seguridad Social ya que son dos organismos que van unidos de la mano. El alta como autónomo debe hacerse de forma simultánea en los dos organismos o dándote de alta en la Seguridad Social con un plazo anterior incluso que en Hacienda.

Si necesitas darte de alta como autónomo, podemos ayudarte. Nosotros nos encargamos del papeleo y de todos los trámites.

¿Buscas asesoría para autónomos?

Cómo facturar sin ser autónomo

Como te decíamos, para facturar sin ser autónomo hay que estar dado de alta en Hacienda. Exactamente, en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. De esta manera, Hacienda podrá controlar tus ingresos y saber qué es lo que ganas.

Es decir, tendrás que rellenar el modelo 036 o 037. Estos modelos pueden ser complicados de rellenar y tienen ciertos puntos difíciles de comprender. Te aconsejamos que delegues todo esto en profesionales expertos y colegiados de You Asesoría.

Es importante que tengas en cuenta que además de estar dado de alta, tendrás que cumplir con las obligaciones fiscales que cumple cualquier autónomo: presentar los trimestres, presentar los resúmenes anuales y liquidar el IVA y el IRPF. Aunque no te des de alta en Seguridad Social, tendrás las mismas obligaciones que un autónomo y no cumplirlas puede suponerte sanciones importantes.

Puedes facturar sin ser autónomo siempre que no se convierta en algo habitual y que estés ingresando menos del salario mínimo interprofesional. Recuerda que en Hacienda sí debes darte de alta y presentar tus impuestos trimestrales.

Cuánto se puede facturar sin ser autónomo en 2021

Estando dado de alta en el censo de empresarios de Hacienda con el modelo 036 o 037, puedes facturar sin ser autónomo una cantidad menor al SMI de 2021. Es decir, puedes emitir facturas de esta forma siempre que la cantidad a ingresar sea menor a 950 euros brutos al mes y no sea habitual. 

Como siempre, el problema está en saber qué considera la Seguridad Social como actividad habitual ya que a veces esto genera controversia. Eso sí, cuidado si haces facturas todos los meses y con la misma cantidad, aunque sean pocas, se considerará que estás realizando una actividad habitual y recurrente y podrías tener problemas. Y si lo haces cobrando el paro, perderás la prestación automáticamente.

Algunas consideraciones importantes

  • Si a lo largo del año tienes una operación que alcance los 3.000 euros con algún cliente, tendrás que presentar el modelo 347, la Declaración de operaciones con terceras personas. El cliente también tiene la obligación de declararlo.
  • Al hacer factura sin ser autónomo o siéndolo, indiferentemente, tendrás que incluir el tipo de IVA correspondiente en función al producto o servicio gravado. Una vez recaudes la cuota de IVA correspondiente, como intermediario entre el cliente y la Agencia Tributaria, tendrás la obligación de ingresar el cobro en concepto de IVA.
  • Al hacer factura sin ser autónomo o emitiéndolas ya como profesional de alta en el RETA, no olvides que Hacienda podrá conocer en todo momento tu nivel de ingresos y si la evolución de estos y de tu actividad se adecua fiscalmente a lo que declaras. Por ejemplo, piensa en el IRPF que te retengan tus clientes o en el IVA que hayas declarado. Existen varias vías para que la Agencia Tributaria verifique que cumples con la normativa fiscal en todo momento.

¿Y si me pillan al hacer factura sin ser autónomo? Peligros y sanciones

Facturar sin ser autónomo conlleva ciertos riesgos, aunque el principal y el que más te preocupará es el de las multas y sanciones.

Si no cumples los requisitos para poder facturar sin pagar la cuota de autónomo, las multas podrían llegar a ser más caras que haberte dado de alta.

En el caso de que la Seguridad Social determine que tendrías que haberte dado de alta por tu actividad, te obligará a realizar el alta inmediata en el RETA desde la fecha que estimase que deberías haber cursado tu registro.

Además, perderías el derecho a obtener cualquier tipo bonificaciones como la Tarifa Plana y tendrías que pagar un recargo de todas las cuotas atrasadas. Esto último puede ser un pago voluntario, con un recargo máximo del 20%, o un pago exigido por la Seguridad Social, hasta un 35% si se paga fuera del plazo impuesto por este mismo organismo.

Dudas frecuentes sobre facturar sin ser autónomo

¿Tengo que darme de alta si tengo pérdidas?

Por desgracia, aunque tengas pérdidas según el Gobierno debes darte de alta sí o sí si la actividad es habitual. Si llega una inspección y ve que trabajas habitualmente, aunque tengas pérdidas te obligarán a darte de alta.

¿Debo retener el IVA y el IRPF a todo el mundo?

No, el IRPF solo se añade a la factura y se retiene cuando das servicio a una empresa. En caso de que emitas una factura para un particular, solo tendrás que añadir el 21% de IVA.

¿Tengo que darme de alta si ya estoy trabajando por cuenta ajena?

Si trabajas de manera habitual fuera de ese trabajo, sí. Aun así, tendrás una reducción en el pago de la cuota ya que en tu propio trabajo ya estás pagando a la Seguridad Social.

¿Necesitas un programa de facturación?

Si necesitas un programa de facturación para hacer tus facturas y mandársela a tus clientes, en You Asesoría te facilitamos uno sin ningún tipo de coste adicional.

Contacta con nosotros y te asesoraremos en lo que es mejor para ti y para tu  negocio. Ponte en manos de asesores expertos y colegiados.

8 Comentarios

  1. Rubén

    Hola, me llamo Rubén.
    Me gustaría saber si es posible, teniendo un trabajo por cuenta ajena con contrato en una empresa hacer otros trabajos externos con otra empresa y emitir facturas.
    ¿Habría que hacerse autónomo?, ¿Se puede combinar con mi trabajo con contrato laboral?

    Gracias de antemano,

    Responder
    • You Asesoría

      No hay problema en trabajar por cuenta ajena y ser autónomo. Efectivamente, para emitir facturas por trabajos habituales es necesario ser autónomo. Si quieres que nos ocupemos de todo, solo tienes que escribirnos a info@youasesoria.com.

      Responder
  2. sofia

    Hola, si vendo en shopify accesorios como hobbie con ingresos menores a 200 euros mensuales de manera no recurrente. y también soy empleada tiempo completo con contrato indefinido en otra empresa, tengo que darme de alta como autonoma? o solo con el formulario 036 en hacienda para declarar el IVA los meses que vendo? Gracias

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    • You Asesoría

      Hola Sofía, siempre que realices una actividad recurrente debes darte de alta como autónoma, independientemente del importe que ganes.

      Responder
  3. Maria

    Hola, si emito una factura de más de 3.000 euros con IRPF, también estoy obligada a presentar el modelo 347? En el art. 32 del RGAT que explica quiénes están excluidos de la obligación de presentar el modelo 347 y no me acaba de quedar claro.

    Y qué es mejor, darme de alta cuando tenga que hacer una factura y volver a darme de baja o dejarme dada de alta permanentemente para cuando tenga que emitir alguna factura? Gracias.

    Responder
    • You Asesoría

      Hola! Si tiene retención no la tienes que incluir en el modelo 347. Debes permanecer de alta siempre que estés trabajando, no solo el día de emisión de la factura. Ten en cuenta también que solo vas a poder deducirte gastos del periodo que estés de alta.

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      • miguel maria hualde arriada

        Hola, hago fotografia deportiva. Si cubro entre 2y3 carreras al mes durante los meses de verano y el resto del año no hago ninguna, se considera como actividad recurrente?

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        • You Asesoría

          Buenas tardes, tendríamos que revisar el importe de la factura. Si no son elevadas, solo tendrías que darte de alta en Hacienda.

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