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En este artículo te hablaremos de la jubilación de los autónomos en 2021. Te contamos todas las novedades de este año para que no se te escape nada.
Tras la reforma de las pensiones de 2013, cada año se aplican nuevas modificaciones en las condiciones para acceder a la jubilación que afecta tanto a los autónomos como a los trabajadores por cuenta ajena. Sabemos que este tema nos preocupa a todos, sobre todo si estás cercano a la edad de jubilación así que dejamos todas las novedades para 2021 en este artículo ya que cada año varía la edad de jubilación y el periodo que debes tener cotizado.
Novedades para 2021
El nuevo año 2021 trae algunas novedades para los autónomos que pretendan acceder a la jubilación. La reforma de las pensiones que entró en vigor en 2013 modifica año tras año, tanto la edad ordinaria de acceso a la jubilación, como la anticipada.
Un aspecto importante que cambia a partir de 2021 es que se tiene en cuenta el IPC para calcular la revalorización de las pensiones cada año. Así que, como consecuencia, este año se incrementarán las pensiones un 0,9%. En lo que a los autónomos jubilados, esto supondrá una media de 6,8 euros al mes, o sea, unos 81 euros al cabo del año. No es mucho, pero bueno, menos es nada.
¿A qué edad puedes jubilarte y cuál es el periodo de cotización establecido para 2021?
Si tienes pensado jubilarte este año, debes comprobar dos requisitos básicos: edad y tiempo cotizado. Así, para poder jubilarte este año, debes tener 65 años de edad y 37 años y tres meses cotizados a la Seguridad Social. En caso contrario, la edad mínima de jubilación se establece en 66 años.
¿Cómo se calcula la pensión del autónomo?
A la hora de calcular la prestación por jubilación de los autónomos, también hay novedades este año. Y es que el periodo que se utiliza para realizar ese cálculo, se amplía un año más, hasta los 24 años. Es decir, para calcular el importe de tu pensión Seguridad Social va a revisar lo que has cotizado en tus últimos 24 años.
Así, para saber cuál será el importe de la pensión, se calcula primero la base de cotización de los últimos 24 años. Si has cotizado durante el periodo mínimo establecido para 2021 (36 años) no se aplicarán penalizaciones. Si por el contrario, has cotizado menos de 36 años, habría que realizar el cálculo de la siguiente manera:
- Se cobrará el 50% de la base reguladora por los primeros 15 años de cotización (periodo mínimo cotizado para poder cobrar una pensión contributiva).
- Por cada mes adicional a esos 15 años, entre los meses 1 y 106, se suma un 0,21%. Es decir, por cada año adicional a los 15 primeros años de cotización (hasta llegar a los 8 años y 10 meses) habría que sumar un 2,5% más al porcentaje sobre la base reguladora para obtener la pensión.
- Y por último, por cada mes de los siguientes 12 años y dos meses, habría que aplicar un 0,19% más, hasta llegar al 100%, que sería una pensión por la base reguladora completa.
Autónomos y jubilación anticipada
En caso de querer jubilarte de manera anticipada, es decir, antes de que te corresponda por tu edad, como autónomo también puedes hacerlo, pero debes cumplir una serie de requisitos y aceptar determinadas penalizaciones.
Lo primero que debes tener en cuenta es que para poder prejubilarte siendo autónomo, la edad mínima en 2021 es de 64 años, siempre y cuando hayas cotizado al menos 35 años.
En definitiva, el trabajador por cuenta propia debe tener al menos:
- Un mínimo de 35 años cotizados.
- Tener, como máximo, dos años menos que la edad legal para jubilarse. Este año es de 66 años, así que el mínimo para la jubilación anticipada será de 64 años.
- Demostrar que, como mínimo, dos años se cotizaron durante los 15 años anteriores al momento de pedir la jubilación anticipada.
- Que el importe de la pensión a percibir resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 66 años de edad.
Para las penalizaciones, se establecen cuatro bloques diferentes:
- En el primer caso, se aplica una reducción del 8% por año para aquellos autónomos que quieran prejubilarse y hayan cotizado durante 38 años y medio o menos.
- En segundo lugar, se aplica un 7,5% de reducción para las prejubilaciones de autónomos que hayan cotizado más de 38 años y medio pero menos de 41 años y seis meses.
- Para el tercer bloque, se establece un coeficiente reductor de un 7% a la prestación anual de los autónomos con un periodo cotizado de más de 41 años y medio pero menos de 44 y seis meses.
- Por último, a los autónomos que quieran prejubilarse y hayan cotizado al menos 44 años y medio se les aplicará una reducción de un 6,5% por cada año de antelación a la edad establecida.
Deudas con la seguridad social y jubilación
En momentos de crisis, la posibilidad de que llegue el momento de jubilarte estando pendiente del pago de alguna de tus cuotas aumenta. En este sentido, es importante recordar que uno de los requisitos para poder acceder a la prestación por jubilación es estar al corriente de pago de tus obligaciones con la Seguridad Social.
SI quieres que estudiemos tu fecha de jubilación, si puedes jubilarte antes y cómo afecta a tu pensión, solo tienes que contactar con nosotros.
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