Como ya os contábamos en un post anterior, “Todo sobre la baja por maternidad (o paternidad) de los autónomos”, al igual que los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos tienen derecho a solicitar la baja por maternidad o paternidad tras el nacimiento (o adopción) de sus hijos. Es decir, tanto si eres autónomo como trabajador por cuenta ajena tienes derecho al periodo de descanso y a cobrar una prestación por ello. La duda que se plantea ahora es, ¿y si soy autónomo pero también trabajo por cuenta ajena? ¿Puedo compatibilizarla baja por maternidad o paternidad siendo autónomo y trabajador por cuenta ajena?
Ser autónomo en pluriactividad es algo bastante común, e implica estar dado de alta en el RETA y también en otro régimen de la Seguridad Social, generalmente como trabajador asalariado. Es decir, estar en pluriactividad significa ser autónomo y trabajar por cuenta ajena también. No hay ningún problema con compatibilizar ambas actividades y cotizar en dos regímenes diferentes. ¿Qué ocurre cuando el autónomo tiene derecho a acceder a una baja por paternidad o maternidad? ¿Puede compatibilizar la baja de maternidad o paternidad de autónomos y por cuenta ajena?
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Bajas por maternidad y paternidad en 2021 como autónomo y por cuenta ajena
Desde el 1 de enero de 2021 las bajas de maternidad y paternidad han quedado equiparadas en cuanto a tiempo, lo que supone un avance más en materia de igualdad. De hecho, legalmente ya no se habla de baja de maternidad y paternidad sino de permiso por el parto y cuidado del niño.
Actualmente, todos disfrutamos de un permiso de 16 semanas. De ese período, las seis primeras semanas se deben disfrutar de forma ininterrumpida y simultánea entre ambos progenitores. El permiso de la semana 7 a 16 se puede llegar a disfrutar de forma intermitente, pero siempre por períodos, como mínimo, de una semana. Además, hay que gastar el tiempo de permiso antes de que el bebé cumpla su primer año. Si llegada esa fecha quedan todavía algunos días del permiso, se pierden.
Mientras que el trabajador asalariado tiene que pactar los días de permiso con su empresa, los autónomos no tienen que ponerse de acuerdo con nadie para disfrutar de su permiso de paternidad. Los autónomos que pueden disfrutar las 10 semanas restantes de la forma en que lo consideren más adecuado. Es decir, tanto siendo autónomo como trabajador tienes derecho a tu descanso por maternidad o paternidad.
¿Puedo compatibilizar la prestación de maternidad y paternidad si soy autónomo y trabajador por cuenta ajena?
Si es tu caso y eres autónomo y empleado debes saber que el tiempo de disfrute es exactamente igual para los padres autónomos y para los asalariados, lo mismo que ocurre con la prestación. Será del 100% de la base reguladora de cotización en ambos casos. Es decir, puedes compatibilizar tu baja por maternidad o paternidad como autónomo y por cuenta ajena.
En el caso de los autónomos, el acceso a la prestación por paternidad implica además una bonificación del 100% del pago de la cuota de autónomo. El importe de la exoneración es la media de tu cuota de autónomo del último año. Esto quiere decir que si aumentaste tu cuota en los últimos meses antes del parto, deberás hacer la media de todo el año para saber que importe vas a tener exonerado. Si tiene dudas ponte en contacto con nosotros.
¿Se pueden cobrar dos prestaciones de paternidad o maternidad como autónomo y por cuenta ajena?
Si quien es autónomo cotiza por partida doble por estar en pluriactividad, también tiene derecho a percibir dos prestaciones, siempre y cuando cumpla los requisitos para ello. Es decir, es posible cobrar dos prestaciones si cumples los requisitos de cotización para ello en ambos regímenes.
En el caso concreto de la prestación por paternidad, se pueden compatibilizar las prestaciones como autónomo y por cuenta ajena si:
- Se está de alta en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social y se está al corriente de pago en ambos.
- Los mayores de 26 años tienen que haber cotizado un mínimo de 180 días en los siete años previos al inicio de la prestación o 360 días a lo largo de toda su vida laboral. En este caso, el interesado tiene que haber cotizado este tiempo mínimo en el RETA y también en el régimen general.
- Para los jóvenes de entre 21 y 26 años será necesario tener cotizados un mínimo de 90 días en los siete años anteriores al inicio del permiso o bien 180 días a lo largo de toda su vida laboral. En el caso de los menores de 21 años no se exige ningún tiempo mínimo de cotización. Estos plazos de cotización son exactamente los mismos que se exigen a las mujeres para poder acceder a la prestación por maternidad.
Ojo, si solo se cumple el requisito de cotización en un régimen y no en otro, entonces solo se cobrará una prestación. Un dato importante es que la legislación actual no permite la cesión de días de permiso del padre a la madre, pero sí puede ocurrir al contrario.
¿Qué ocurre con la baja por maternidad como autónoma y como trabajador por cuenta ajena?
No hay que olvidar que para acceder a la prestación contributiva por maternidad hay que reunir un tiempo mínimo de cotización. De lo contrario habrá que optar por el subsidio no contributivo, que tiene una duración de 42 días naturales desde el parto. En caso de pluriactividad, ese tiempo se exigirá en cada uno de los regímenes en los que se cotiza. Es decir, para poder compatibilizar la prestación por maternidad como autónoma y por cuenta ajena debes cumplir el tiempo cotizado en ambos regímenes.
Si la trabajadora acredita las condiciones para acceder a la prestación solamente en uno de los regímenes, se reconocerá una única prestación computando exclusivamente las cotizaciones satisfechas a dicho régimen.
Además, cuando en ninguno de los regímenes se reúnen los requisitos para acceder al derecho, se totalizarán las cotizaciones efectuadas en todos ellos siempre que no se superpongan y se causará el subsidio en el régimen en el que se acrediten más días de cotización. Si finalmente, aun totalizando las cotizaciones, no se alcanza el derecho, se reconocerá, en caso de parto, el subsidio de naturaleza no contributiva.
En cualquier caso, la fecha de inicio de los correspondientes descansos por maternidad deben ser coincidentes en el tiempo. En el cálculo de las prestaciones se tendrán en cuenta las bases de cotización correspondientes a cada una de las actividades.
¿Entonces se pueden cobrar dos prestaciones de maternidad?
Para tener derecho a la prestación contributiva se exige también que la trabajadora esté de alta en el momento del parto. Si cesa la actividad (tanto en el régimen de autónomos como en el general) una vez iniciado el periodo de baja, la prestación no se interrumpe.
Pero si la baja se inicia cuando la trabajadora ya ha cesado su actividad, tan solo tendrá derecho a ella si se encuentra en situación legal de desempleo. Es decir, si la trabajadora no tiene derecho a paro, no podrá acceder a la prestación contributiva por maternidad.
Cabe recordar que la trabajadora tiene la posibilidad de transferir o compartir la prestación con el otro progenitor (dos semanas). En el segundo caso, el tiempo de la baja se acortará. Para poder acceder a la prestación, el padre debe estar dado de alta y al corriente con el pago de las cuotas de la Seguridad Social, además de tener cubierto un periodo de cotización de por lo menos 180 días en los siete años anteriores o 360 días durante su entera vida laboral. Percibirá un importe equivalente al 100% de su base reguladora.
También se puede solicitar una baja a tiempo parcial (50%), que aplicará después de las primeras seis semanas posteriores al parto.
¿Se puede trabajar durante la baja de paternidad?
Si un autónomo está cobrando una prestación por paternidad como cotizante del RETA, puede trabajar a tiempo parcial siempre y cuando hayan pasado un mínimo de seis semanas desde el nacimiento, la adopción o la acogida.
Con esta medida se busca ayudar a que los profesionales por cuenta propia puedan compatibilizar mejor su vida personal y profesional, ya que para muchos de ellos es del todo imposible desvincularse al 100% de su negocio durante tantas semanas.
En resumidas cuentas, si se cumplen los requisitos, un autónomo en pluriactividad puede cobrar dos prestaciones por paternidad. Si los cumple en un régimen de Seguridad Social sí y en otro no, entonces solo percibirá una prestación.
Hola tengo una duda soy autónomo qué pasa si estando de baja por paternidad y no cumplo la sexta semana como mínimo y empiezo a trabajar, me sansionan y cuánto sería la sanción? Gracias
Hola Hugo, las seis semanas iniciales son obligatorias. Si has estado cobrando la prestación y no cumples esas seis semanas, tendrás que devolver lo cobrado con los correspondientes recargos.
Se puede trabajar después de las 6 semanas obligatorias si estoy de baja de paternidad por cuenta ajena y me acojo a la paternidad parcial de autónomo. Puedo trabajar de autónomo aún estándo de baja de paternidad por cuenta ajena
Buenas, no, tienes que estar en la misma situación en ambos regímenes.
Puedo trabajar por cuenta ajena ,mientras cobro baja de paternidad .
Buenos días, no, durante la baja por paternidad no puedes trabajar.
Hola , mi caso es un poco complejo, …
Durante el mes previo a mi paternidad estaba trabajando en 4 empresas, por lo que se cotizó mi cifra de paternidad en base a esas empresas…yo pedí 🫡 10 semanas. Ahora voy a querer disfrutar del resto de semanas …pero ya no trabajo en 3 de esas empresas y trabajo en 2 nuevas que no afectaron a la hora de cotizar mi pensión de paternidad… El tiempo en que finalizaré el contrato en ellas noe da para cubrir esas 6 semana antes de que se cumpla el año del bebé .. puedo solicitar la paternidad desde hoy sin dejar de trabajar en estas 2 empresas en las que no trabajaba cuando se me contabilizo la pensión de paternidad? Gracias
Buenas tardes, no, si solicitas la prestación por paternidad no puedes trabajar en ninguna empresa, hayan o no intervenido en tu base reguladora.
Hola, soy autonoma (desde hace 7 años) y trabajadora por cuenta ajena ( 2 meses). Pluriactividad. Me corresponde únicamente la prestacion de maternidad de autonomos?
El periodo mínimo de cotización es cada régimen?
Hola Ana, sí, para tener derecho a los prestaciones tienes que tener el tiempo mínimo cotizado en cada uno de ellos.
Hola, soy trabajador por cuenta ajena y a parte también soy autónomo. ¿Puedo trabajar como autónomo durante mi baja por paternidad si solo cobro prestación por la parte de empleado? Muchas gracias
Hola Jaime, no, si estás de baja de paternidad no puedes trabajar en ninguno de los dos regímenes.
Si un autónomo está cobrando una prestación por paternidad como cotizante del RETA, puede trabajar a tiempo parcial siempre y cuando hayan pasado un mínimo de seis semanas desde el nacimiento, la adopción o la acogida.
Con esta medida se busca ayudar a que los profesionales por cuenta propia puedan compatibilizar mejor su vida personal y profesional, ya que para muchos de ellos es del todo imposible desvincularse al 100% de su negocio durante
Buenos días,se puede estar de baja por maternidad las 16 semanas en el régimen por cuenta ajena y al ser autónoma sólo coger las primeras 6 semanas y las siguientes 10 trabajar a tiempo parcial?
Por lo que dice en el artículo sí se podría ya que se entiende que un autónomo no podría estar tantas semanas sin ir al puesto de trabajo.
Gracias.Un saludo.
Si estoy de alta de autónomo y compatibilizando los 9 meses de paro y me doy de baja por maternidad, tengo derecho a 2 prestaciones (una por autónomos y otra por desempleo)?
Hola Rosario, no, solo por la parte de autónomo.
Mi situación es Pluriactividad. Autónomo y régimen general. Existe posibilidad de disfrutar de la baja por paternidad en uno de los regímenes (en este caso autónomo) y en el otro (regimen general)seguir trabajando?
Buenas tardes, no, no es posible. No podrías trabajar en ninguno de los dos.
Hola!! Mi marido se encuentra trabajando por cuenta ajena la mayoría del tiempo pero también como mutualista (en una mutua específica de un área concreta alternativa al RETA). ¿Podría trabajar a tiempo parcial como mutualista mientras percibe la prestación como empleado por cuenta ajena?
No, no sería posible, lo lamento
Hola,
Entonces entiendo que no se puede cobrar la baja por paternidad en el régimen general y trabajar como autónomo aunque estuvieras dado de alta como autónomo antes del nacimiento.
Quería consultar 2 casos donde quizás sí se podría:
1º caso Si tras las 6 primeras semanas obligatorias, como se puede disfrutar de las otras 10 semanas de libre disposición hasta que el bebé tiene 12 meses, puedo darme de alta como autónomo a la vez que «pauso» la baja por paternidad y volver a darme de baja como autónomo en el momento que vuelvo a la baja por paternidad?
Por ejemplo 6 primeras semanas no trabajo ni por cuenta ajena ni como autónomo.
Luego de las 10 semanas restantes
-Vuelvo 1 mes – trabajo un mes como autonomo
-Baja otro mes y medio (6 semanas) – baja como autónomo.
-Vuelvo 1 mes – trabajo un mes como autonomo
-Baja otro mes (4 semanas restantes) – baja como autónomo.
2º caso: Si tras las 6 semanas obligatorias llego a un acuerdo con la empresa donde las otras 10 semanas son 20 semanas a jornada parcial. Durante esas 20 semanas si que podría estar de alta como autónomo no?
Saludos y muchas gracias!
Hola Ernesto, durante el tiempo que estés de baja por paternidad sí puedes ser autónomo, lo que no puedes es trabajar. Es decir, si tienes un trabajo por cuenta ajena y eres autónomo a la vez, cuando pidas la baja por paternidad no puedes trabajar en ninguno de los dos sitios pero no te tienes que dar de baja de autónomo. Si necesitas más información no dudes en contactar con nosotros.
Si un autónomo está cobrando una prestación por paternidad como cotizante del RETA, puede trabajar a tiempo parcial siempre y cuando hayan pasado un mínimo de seis semanas desde el nacimiento, la adopción o la acogida.
Con esta medida se busca ayudar a que los profesionales por cuenta propia puedan compatibilizar mejor su vida personal y profesional, ya que para muchos de ellos es del todo imposible desvincularse al 100% de su negocio durante
Buenos días,se puede estar de baja por maternidad las 16 semanas en el régimen por cuenta ajena y al ser autónoma sólo coger las primeras 6 semanas y las siguientes 10 trabajar a tiempo parcial?
Por lo que dice en el artículo sí se podría ya que se entiende que un autónomo no podría estar tantas semanas sin ir al puesto de trabajo.
Gracias.Un saludo.
Hola, estoy trabajando a media jornada por cuenta ajena, pero estoy pensando en ponerme de autónomo el resto de la jornada. Voy a ser padre en abril, por lo que leo no puedo cobrar el permiso de paternidad de autónomo por no haber cotizado los 180 días mínimos. Pero entiendo que no habrá ningún problema en disfrutar y cobrar la baja de asalariado a 50% de la jornada verdad??? no por estar de autónomo cuando nazca la criatura perderé el permiso de paternidad, entiendo yo. Me lo podéis confirmar??
Muchas gracias, un saludo,
Buenas, no, no hay problema. Puedes cobrar tu prestación de paternidad.
Buenas levo 10 años de autonomo y ahora acaban de hacerme de empresa y me faltan 2 meses para el parto que baja de maternidad me toca
Hola Beatriz, por tu comentario, tendrías derecho a prestación de baja por maternidad en el régimen de autónomos si en la empresa que has creado también estás de alta como autónoma.